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Trabajo por horas: 6 preguntas frecuentes

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Respondemos las seis preguntas más habituales respecto a los requerimientos legales, cómputos y control horario de los contratos de trabajo por horas. Es una modalidad muy común especialmente en el sector de la hostelería y los eventos que exigen flexibilidad laboral, y tienen mayor caudal de actividad en días o temporadas específicas y por jornadas de trabajo más reducidas.  Su gestión del tiempo, a priori, no parece complicada, pero esconde muchos posibles incumplimientos.

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1. ¿Qué es un contrato de trabajo por horas?

Es una modalidad de contratación para trabajar en días y horarios específicos que no superen las 40 horas semanales que conforman una jornada completa. Este tipo de contrato se enmarca dentro de un contrato a tiempo parcial, en el cual la distribución de la jornada podrá realizarse de forma continua o partida. 

La jornada partida implica dividir la carga horaria en dos turnos con un descanso en el medio. La modalidad de jornada continua es cuando se trabaja de corrido sin pausas, excepto un descanso de al menos 15 minutos. 

2. ¿Qué requisitos se exigen en un contrato por horas?

El contrato de trabajo por horas puede tener una duración fijada de antemano o bien, una vigencia indeterminada. Independientemente de esto, el primer requisito que se exige es que este acuerdo quede formalizado por escrito, así como el número de horas a trabajar y cómo serán distribuidas.

Las horas pactadas en el contrato podrán ampliarse si las circunstancias así lo exigieran y si ambas partes están de acuerdo. Por último, se exige que el contrato de trabajo por horas se presente en el SEPE en un plazo no mayor a 10 días de formalizado. 

3. ¿Qué sucede con el cómputo de las vacaciones?

En primer lugar, hay que aclarar que los trabajadores por horas tienen los mismos derechos que los de jornada completa, aunque con ciertas diferencias. 

En el caso de las vacaciones, el Estatuto de los trabajadores tiene en cuenta para su cómputo los días trabajados y no las horas. Entonces, la cantidad de días de vacaciones que le corresponde a un trabajador por horas es proporcional a los días trabajados en total, independientemente de la carga horaria de sus jornadas.

4. ¿Se pueden realizar horas extra?

Según el Estatuto de los trabajadores, quienes trabajan en esta modalidad no pueden realizar horas extraordinarias, a menos que la empresa necesite prevenir o reparar siniestros o daños urgentes.

Sin embargo, es posible acordar con el trabajador la realización de horas complementarias no incluidas en su jornada habitual, siempre estas no excedan el 60% de la jornada ordinaria.

5. ¿Cómo registrar el trabajo por horas?

Para cumplir con las obligaciones legales, las empresas deben llevar un registro y control de la actividad laboral de sus empleados bajo modalidad de trabajo por horas, al igual que en cualquier otro tipo de contratación. 

Gestionar y mantener este tipo de contratos, junto con todos los demás, puede resultar una tarea laboriosa y compleja. Por eso es necesario contar con un software de control horario como VisualTime que permita trabajar en el expediente de RR.HH. de cada empleado e incluir allí las condiciones de su contrato, documentación y control de horas. 

Además, es una herramienta que soluciona de forma ágil y segura la gestión del tiempo y el control de convenios para cada equipo de trabajo o persona, de manera que cumplir con toda la legislación laboral es más sencillo y evita errores humanos.

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